CESM ha ganado una sentencia favorable ante el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN, sobre el derecho a la Carrera Profesional de los Interinos de larga duración y los Médicos de Cupo y Zona:

“En relación con los interinos de larga duración (mas de cinco años en la misma plaza u otra de contenido funcional equivalente dentro del mismo Servicio de Salud) “….desempeña las mismas funciones, o de análoga naturaleza que quien tenga la condición de estatutario fijo”.

En base, fundamentalmente, a estos argumentos, y otros de carácter legal, el Tribunal considera discriminatorio y contrario a la constitución el que no se reconozca el DERECHO A FIJAR UN GRADO DE CARRERA PROFESIONAL A ESTE PERSONAL, Y CONSIGUIENTEMENTE LA CUANTÍA DE LA RETRIBUCIÓN COMPLEMENTARIA.

Así mismo dice: “El Médico de Cupo y Zona no está excluido de la carrera profesional, siempre que tenga la condición de estatutario”.